martes, 1 de julio de 2008

El frenesí de los Decretos Legislativos

Foto: Andina
El sábado 28 de junio, el diario oficial El Peruano vino cargado de Decretos Legislativos dictados por el Ejecutivo bajo la autorización prevista para aprobar normas que contribuyan a implementar directamente el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica (ley 29157). Sólo en dicha edición se publicaron 35 nuevas normas legales, que vienen a engrosar el listado de alrededor de 102 Decretos Legislativos emitidos bajo esta modalidad, según contabilidad el presidente del Congreso.

De acuerdo a la ley autoritativa, el Congreso delegaba en el Ejecutivo la facultad de legislar por 180 días en materias relativas a la implementación del TLC, en ámbitos tan amplios como diversos: facilitación del comercio; mejora del marco regulatorio, fortalecimiento institucional y simplificación administrativa y modernización del Estado; mejora de la justicia comercial y contencioso administrativa; promoción de la inversión privada; impulso a la innovación tecnológica; promoción del empleo y de las micro, pequeñas y medianas empresas; fortalecimiento institucional de la gestión ambiental; y mejora de la competitividad agropecuaria. De ese modo, el frenesí de Decretos Legislativos tiene su origen en la aprobación de la ley autoritativa, que sancionada en diciembre del año pasado, delegó al Ejecutivo un potestad amplísima, que ha traído como consecuencia las 102 normas señaladas.

Ahora bien, el caso resulta aleccionador, puesto que pone en evidencia las serias falencias del Congreso actual por concertar y dotar al país del marco jurídico necesario, no sólo para implementar el TLC, sino para una convivencia adecuada de la sociedad peruana. Es ese sentido, es sumamente gráfico recordar cómo culminó el debate sobre reforma constitucional u observar el diario El Peruano que el mismo día en que se publicaban los 35 Decretos Legislativos del Ejecutivo, el Congreso entregaba su cuota normativa difundiendo una sola ley (aunque relevante: la Ley del servicio militar).

Sin embargo, las falencias del Congreso no significa la emisión de una carta blanca para que el Ejecutivo asumas sus funciones y promulgue una centena de normas, teniendo en cuenta que se trata de Decretos de todo tipo, muchos de las cuales carecen de vinculación directa con la implementación del TLC o han sido emitidas desconociendo tratados internacionales (como es el caso de los Decretos 1015 y 1074).

La separación de poderes, entregando a uno la función legislativa y a otro la ejecutiva es uno de los pilares del Estado Constitucional de Derecho, sirve para evitar la concentración de los principales poderes de un país y los desvaríos y frenesíes que tanto daño nos han causado en la historia los gobiernos totalitarios.

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